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La firme sanción que estableció la Corte contra los ex Cambiemos de Mauricio Macri y María Eugenia Vidal

Mar 28, 2025

Viernes, 28 de marzo de 2025

El máximo tribunal desestimó los recursos de la coalición que encabeza Mauricio Macri en una causa por irregularidades en los gastos de campaña de las elecciones en la provincia de Buenos Aires.
La firme sanción que estableció la Corte contra los ex Cambiemos de Mauricio Macri y María Eugenia Vidal

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario presentado por Cambiemos en el expediente conocido como «aportantes truchos» donde se investigaba la rendición de gastos en la provincia de Buenos Aires durante las PASO y las generales de 2017 de la agrupación que tenía a Mauricio Macri a la cabeza para la nación y a María Eugenia Vidal para la provincia de Buenos Aires.

En la causa que tramitó en la Justicia Nacional Electoral se investigó si personas afiliadas al PRO realizaron importantes aportes de campaña a través de donaciones que no superaban los 1.500 pesos.

Fue una investigación periodística la que reveló que más de 200 personas que recibían planes sociales figuraban como donantes de fondos de la campaña para la entonces coalición gobernante. Los supremos fundaron su rechazo al invocar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El magistrado Alejo Ramos Padilla desaprobó los informes presentados por Cambiemos e impuso multas a los partidos de la alianza y criticó que la agrupación solo alegó la rectificación de los informes finales.

En 2023, la Cámara Electoral convalidó el fallo del magistrado e hizo hincapié en el marco normativo sobre la transparencia y control del financiamiento y administración de los partidos políticos. Sin embargo los representantes de Cambiemos objetaron la decisión del tribunal de alzada al sostener que soslayó informes de rectificación y omitió tratar cuestiones de materia federal.

Finalmente la agrupación política llegó a la Corte por la vía del recurso extraordinario que fue rechazada por los supremos por entender la falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia.

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