Domingo, 06 de Abril 2025
Tienen suspendido el pago del tributo desde agosto pasado; el juez Gallardo hizo lugar a una medida cautelar pedida por los gremios; se ven beneficiados los legisladores de la Ciudad
Desde agosto del año pasado, los empleados del sector público de la ciudad de Buenos Aires gozan de un privilegio equiparable al del Poder Judicial de la Nación: se les suspendió el pago del impuesto a las ganancias, un gravamen que el gobierno de Javier Milei reintrodujo para todos los asalariados de la cuarta categoría en el paquete fiscal que impulsó en el Congreso.
Este beneficio se efectivizó merced a una medida cautelar que hizo lugar el juez de en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Roberto Gallardo. En su resolución, el juez aceptó la solicitud que, primero, presentaron el año pasado los tres gremios judiciales de la ciudad (Aejba, Sitraju y UEJN) y, posteriormente, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
La resolución del juez Gallardo –conocido en el mundillo judicial por ser un magistrado que suele importunar a los oficialismos en la Ciudad– se hizo extensivo a los 60 legisladores porteños que, desde agosto pasado, dejaron de pagar el impuesto a las Ganancias. Al menos de manera provisoria, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Así las cosas, el sueldo mensual de bolsillo de los legisladores trepó a los actuales $5.600.000. Si se les retuviera el tributo, se les detraería de su sueldo aproximadamente $1.400.000, indicaron en la Legislatura, por lo que percibirían un ingreso que orillaría los $4.200.000 netos por mes.
El recinto de la Legislatura porteña
El juez hizo lugar a la medida cautelar en una resolución que firmó el 18 de agosto pasado, aunque recién en diciembre pasado el organismo nacional de recaudación de impuestos, ARCA, presentó la apelación correspondiente, según se supo.
Al hacer lugar a la medida cautelar, en sendas resoluciones el juez eximió del pago del tributo al Poder Judicial de la ciudad como así también a la administración pública porteña, incluidos sus distintos organismos, como la Legislatura; la Defensoría del Pueblo; el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos; la Auditoría General y al Consejo Económico y Social.
En su primera resolución, en la que hizo lugar a la demanda iniciada por los gremios judiciales, el juez Gallardo enfatizó que “la implementación de la ley 27.743 (impulsada por el gobierno nacional y que incluye la reimplantación del impuesto a las ganancias) introduce cambios significativos en la remuneración y las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores judiciales, aparece prima facie carente de alineación con principios constitucionales fundamentales”.
“Separación de poderes”
“Estos cambios no son meramente fiscales; tocan la esencia misma de la independencia judicial y la separación de poderes, pilares indiscutibles de cualquier sistema democrático funcional, lo que vislumbraría una clara inconstitucionalidad de la norma en cuestión en su art. 81”, señaló el magistrado, quien acto seguido ordenó al Consejo de la Magistratura de la Capital y al Tribunal Superior de Justicia a que se abstengan de innovar en la retención del impuesto a las ganancias sobre los trabajadores judiciales.
En otra resolución, el magistrado hizo lugar a una demanda promovida por ATE. Allí replicó los mismos argumentos de la anterior y aleccionó a las autoridades nacionales que “cualquier reforma legislativa que afecte al universo de trabajadores y trabajadoras del Estado se aborde con un análisis exhaustivo y reflexivo de sus posibles repercusiones constitucionales y legales”.