Jueves, 01 junio 2023
En línea con el dictamen del procurador Eduardo Casal, el fallo de la Corte Suprema contó con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.
Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y el voto concurrente de Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema de Justicia resolvió que el gobernador de San Juan, Sergio Uñac, no puede volver a ser candidato. De esta manera, y en línea con el pronunciamiento del procurador interino, Eduardo Casal, el máximo tribunal tomó una determinación sobre «la cuestión de fondo» en relación a la medida cautelar que suspendió las elecciones de gobernador y vice que debían celebrarse el pasado 14 de mayo.
Ese mismo día también debían realizarse los comicios en Tucumán, pero la Corte inhabilitó, en simultáneo con la decisión que alcanzó a Uñac, al candidato a vicegobernador, el ex jefe de Gabinete y actual gobernador, Juan Manzur. El también ex ministro de Salud de la Nación decidió renunciar a su candidatura y con esa decisión allanó el camino para una nueva convocatoria a elecciones, el 11 de junio próximo.
En el caso de San Juan, la decisión de la Corte se centra en la cuestión de fondo y admite los argumentos de Sergio Vallejos, candidato de uno de los sublemas de “Unidos por San Juan” (exJuntos por el Cambio), que se basa en el artículo 175 de la Constitución sanjuanina para interpretar que el período 2011-2015 -cuando Uñac fue vice de José Luis Gioja-, es uno de los tres consecutivos que se permiten.
El artículo 175 de la Constitución sanjuanina establece, desde 2011, que: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”, y que, en este caso, el candidato impugnado fue vicegobernador (durante 2011-2015) y, consecutivamente, dos veces gobernador (en los períodos 2015-2019 y 2019-2023).
En su defensa ante la Corte, el PJ que gobierna la provincia sostuvo que eran tres períodos en cada cargo o función, y por ende el gobernador está transitando su segundo período.
En ese sentido, los jueces consideraron que esa postura «se encuentra en franca contraposición con la pauta republicana consagrada en el artículo 5° de la Constitución Nacional, pues significaría que Uñac podría desempeñarse como gobernador y vicegobernador de manera consecutiva e indefinida. Así, una persona podría ejercer el mismo cargo durante uno, dos o tres mandatos consecutivos e inmediatamente después desempeñar el otro cargo del binomio también por uno, dos, o tres mandatos consecutivos, repitiendo el ciclo de manera indefinida».
Para los ministros de la Corte una nueva candidatura de Uñac -iría por su cuarto mandato consecutivo- es contraria a la referida pauta republicana.
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