Lunes, 21 noviembre 2022
Será este martes en el Palacio de Justicia. El presidente de la Corte le tomará juramento a 11 consejeros para el periodo 2022-26. Los representantes del Congreso aún no tienen fecha de jura.
Tras una semana caliente en el Congreso por las designaciones de los representantes de la política para integrar el Consejo de la Magistratura que terminó con denuncias penales, un amparo y hasta la declaración de repudio por parte de un grupo de senadores al fallo de la Corte, este martes por la mañana prestarán juramento 11 de 19 consejeros.
Es decir, los representantes del estamento de los jueces: Diego Barroetaveña, Alberto Lugones, María Alejandra Provitola y Agustina Díaz Cordero; de la Abogacía: Miguel Piedecasas, Héctor Recalde, Jimena De La Torre y María Gabriela Vázquez; del estamento académico: Hugo Galderisi y Guillermo Tamarit; y el representante del Poder Ejecutivo, que seguirá siendo Gerónimo Ustarroz.
En tanto para resolver la situación de los próximos consejeros para el estamento político se espera una acordada en los próximos días. Los representantes por diputados serán Vanesa Siley, actual consejera; y Rodolfo Tailhade, Álvaro González y la radical Roxana Reyes, que llegó en abril.
Recordemos que la semana pasada, cuando el Senado designó a los miembros, María Pilatti Vergara y Mariano Recalde, actuales consejeros; Eduardo Vischi de Juntos por el Cambio y Martín Doñate y Anabel Fernández Sagasti desde la oposición. Tras un fallo de la Corte que el pasado 8 de noviembre anuló la designación de Doñate, lo volvieron a incluir por la segunda minoría.
Además hicieron una sesión para darle legalidad, algo que nunca se vio puesto que las designaciones salen desde la presidencia del Senado. Y en esa sesión también se votó una declaración de repudio.
La misma sostenía el “más enérgico repudio en todos sus términos al fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 8 de noviembre de 2022 en autos caratulados “Juez, Luis Alfredo y otro c/ Honorable Cámara de Senadores de la Nación s/ amparo ley 16.986”.
En los considerandos de la declaración manifestaron las razones para el repudio a saber:
1. Avasallar facultades propias de esta Cámara consagradas en el artículo 66 de nuestra Ley Fundamental, afectando así el sistema republicano de gobierno consagrado por el artículo 1° de la Constitución, violando en consecuencia el principio de división de poderes en el ejercicio del gobierno;
2. Desconocer las funciones y atribuciones de las autoridades y los bloques parlamentarios y de senadores y senadoras como Poder Legislativo de la Nación;
3. Ocasionar un grave perjuicio a este cuerpo por imposibilitar e impedir el libre ejercicio de nuestras funciones públicas;
4. Finalmente, por realizar apreciaciones impropias tendientes a endilgar “intencionalidad” o “simulación” a actos realizados conforme al reglamento de la Cámara de Senadores de la Nación incurriendo en una falta grave al debido respeto institucional que merecen los integrantes del Honorable Senado de la Nación.
La oposición inmediatamente volvió a judicializar la cuestión, se presentaron dos denuncias penales, una realizada por el bloque constitucional de abogados y otra por el diputado José Luis Espert contra Cristina Fernández de Kirchner y los senadores que avalaron la designación por desobedecer el fallo de la Corte, según sostuvieron, y “alzarse contra el orden democrático”.
En tanto el senador Luis Juez volvió a presentar un amparo ante el fuero en lo contencioso administrativo y federal contra las designaciones de Martín Doñate y Anabel Fernández Sagasti.
Ahora se suma una nueva denuncia de Álvaro de Lamadrid contra la vicepresidenta por los delitos de intimidación pública, atentado al orden público y atentado contra el orden constitucional y la vida democrática, desobediencia y delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional.
La presentación también apunta a quienes resulten coautores o partícipes por desconocer y desobedecer el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el cual hizo lugar al amparo que promovió el senador de Juntos por el Cambio Luis Juez, removiendo a su par del Frente de Todos Martín Doñate en el Consejo de la Magistratura.
En la presente denuncia también se pide investigar la participación de los 37 senadores que votaron favorablemente en la sesión que permitió “así la designación fraudulenta del senador Martín Doñate” a saber: Guillermo Andrada, Daniel Basusuan, Eugenia Catalfamo, Maurice Closs, Anabel Fernández Sagasti, Silvina García Larraburu, Nora Giménez, María Teresa González, Ricardo Guerra, Carlos Linares, Cristina López Valdeverde, Sandra Mendoza, Gerardo Montenegro, José Emilio Neder, Silvia Estela Sapag, Guillermo Snopek, Magdalena Solari Quintana, Lucia Belén Corpacci, Juliana Di Tulio, Claudio Doñate, María Eugenia Dure, Carlos Espínola, Ana María Ianni, Edgardo Kueider, Sergio Leavy, Marcelo Lewandoski, Oscar Parrilli, María Inés Pilatti Vergara, Mariano Recalde, Antonio Rodas, Adolfo Rodríguez Saá, Matías Rodríguez, José Rubén Uñac, María Clara Vega, Alberto Weretilnek y Pablo Rubén Yedin.
Según la denuncia a la que accedió MDZ, la votación “desobedeció a la Corte, que en su fallo dejó en claro que la segunda minoría era el bloque del PRO, quién había decidido, notificado y anunciado que el senador Luis Juez sería su representante en el Consejo de la Magistratura, en representación de esa segunda minoría, conforme la ley vigente”. Agrega además que “Cristina Fernández de Kirchner designó a Claudio Martin Doñate del bloque Unidad Ciudadana, como miembro titular del Consejo de la Magistratura por la segunda minoría”.
Sostiene entonces en su denuncia que la sesión del miércoles 16 de noviembre de 2022 fue un procedimiento ilegal. O dicho con mayor claridad, que se trató de una violación palmaria de la Constitución y, en consecuencia, de un claro atentado a la democracia: los senadores que votaron -sesión presidida por Claudia Ledesma Abdala- actuaron en contra de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cometiendo el delito de sedición previsto y reprimido en el artículo 230 (2º) del CP, en la medida que se alzaron públicamente para impedir la ejecución de las leyes nacionales o provinciales o de las resoluciones de los funcionarios públicos nacionales o provinciales.