Miercoles, 12 octubre 2022
El organismo nacional detectó irregularidades en la certificación del producto para su venta al público. La disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió una serie de productos en conserva por irregularidades sanitarias y lo comunicó a través del Boletín Oficial este miércoles 12 de octubre.
La Disposición 7897/2022 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos: “Búfalo – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21- 114810″, “Pollo al pimiento – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21- 115891″, “Cerdo – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891″, “Escabeche de hongos de pino – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21- 115891″, “Ternera – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891″ y “Escabeche de girgolas – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal.
El organismo explicó que los productos no respetan las normas necesarias para ser comercializados en el país. En los considerandos de la resolución ANMAT señala que las actuaciones comenzaron a partir de una notificación proveniente del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos, debido a un reclamo de un consumidor. Allí se observa que el producto tal como fue puesto en el mercadono presentó los datos obligatorios.
Fue por eso que se realizaron, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos, las consultas a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria. La información cuestionada fueron los registros detallados en el rótulo. La respuesta fue que el producto cuenta con un registro inexistente. Además, la documentación que avala su fabricación coincide con la de el establecimiento “Cooperativa Agropecuaria y Apícola de Centeno Ltda. Coopaac”, habilitado para la producción de bebidas alcohólicas fermentadas y registra únicamente cervezas artesanales.
En esa instancia de la investigación se procedió a realizar una auditoría en el establecimiento expendedor “El Palacio” ubicado en la Ciudad de Paraná, donde su pudo constatar que, además del producto denunciado, se comercializan productos similares etiquetados como pollo al pimiento, ternera, cerdo, escabeche de hongos de pino y escabeche de girgolas, todos marca “DON MARIO – Exquisiteces en conserva”, con RNE N° 21-114610, distinto al del producto denunciado, y el RNPA N° 21-115891, los cuales fueron intervenidos.
La sede principal de la Anmat
Además, se informó que el RNE N° 21-114610 pertenece a la razón social Meat Trading S.A. autorizada para la producción de alimentos cárneos y afines; e informó que el RNPA N° 21- 115891 corresponde a la denominación de venta “Corte de carne vacuna sin hueso congelada” de titularidad del RNE N° 21-114610.
Es por ello que la ASSAL notificó a los titulares de los RNE N° 21-114610 y N° 21-114810 de la presente situación, verificó que en los establecimientos no se encuentran productos ni indicios de elaboración, ni mercaderías correspondientes a conservas marca “Don Mario” y en consecuencia emitió una alerta alimentaria y se verificó que, en los registros de esta agencia, no existe establecimiento ni producto alimenticio habilitado para productos de conservas correspondientes a la marca “Don Mario”.
Como consecuencia de ello, se notificó el Incidente Federal en el módulo del Sistema de Información de Vigilancia Sanitaria del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos y ya que la promoción del producto detallado se realiza a través de una plataforma de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.
Se determinó que los productos se encuentran en infracción por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados, resultando ser productos ilegales.
Finalmente y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.