Viernes, 03 mayo 2024
La Iglesia Evangélica se presentó como «amicus curiae» en el amparo que presentó la CGT a través del que cuestiona el capítulo IV del DNU de Milei que llegó a la Corte Suprema.
La Iglesia Evangélica a través de Reuniones Evangélicas Argentina fue admitido como «amicus curiae» (amigos del Tribunal) en la Corte Suprema en apoyo al Estado Nacional en el expediente en el cual la CGT cuestiona el capítulo IV del DNU 70/23. Entre los principales aspectos que objeta la Confederación General del Trabajo, sostiene que debe mantenerse el privilegio a favor de los sindicatos de las «contribuciones solidarias» obligatorias que se retienen de los sueldos de los trabajadores.
En medio de este proceso judicial, la Procuración del Tesoro de la Nación interpuso en enero un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se encuentra actualmente a estudio de los magistrados.
En su presentación como «amicus curiae», la organización religiosa aporta sus argumentos en apoyo a la postura del Gobierno Nacional, que, a su criterio resultan trascendentes para la consideración del Alto Tribunal. Reuniones Evangélicas Argentina sostiene que la obligatoriedad del aporte, que resulta en una disminución forzosa de la remuneración de un trabajador, atenta contra la libre elección de la persona, aspecto primario del individuo como razón para la libertad de conciencia del ser humano.
«El interés directo para participar en la causa se fundamenta en la protección y defensa de religión y conciencia de los miembros de nuestra comunidad en relación con la regulación legal de las ‘contribuciones de solidaridad’ en favor de asociaciones sindicales realizadas en el art. 73 del DNU 70/2023», señalaron.
«Nuestro interés consiste en que se reconozca que la regulación de esta clase de contribuciones debe ser compatible con la libertad de conciencia y de religión de las personas, proveyendo un razonable acomodamiento que garantice -como mínimo- un camino alternativo o una vía de eximición a la realización de tales contribuciones a quienes enfrentan un conflicto serio y profundo de conciencia, religión o autonomía personal ante la imposición de dicha clase deberes no consentidos», justificaron.